2 - Autoridad - Responsabilidad
“La autoridad consiste en el derecho de mandar
y en el poder de hacerse obedecer."
“Se distingue en un jefe la autoridad legal
inherente a la función y la autoridad personal formada de inteligencia,
de saber, de experiencia, de valor moral, de aptitud, de servicios
prestados, etc. En un buen jefe la autoridad personal es el complemento
indispensable de la autoridad legal".
Henri Fayol
Es de sumo interés prestar atención
a la importante distinción conceptual que efectúa Fayol.
Para él, la autoridad es un derecho que la organización
le otorga formalmente a los supervisores y, a la vez, es un poder
que si bien también otorga la organización, está
condicionado a la capacidad de cada jefe en particular.
Es decir que se hace la distinción entre una autoridad legal
que otorga la organización y otro tipo de autoridad, la personal,
cuyo ejercicio queda en
manos del propio supervisor quien para ejercerla deberá poseer
ciertas condiciones personales que Fayol identifica en la definición
que antecede.
Los criterios generalmente aceptados actualmente por la doctrina,
hacen la distinción entre el líder formal que es quien
tiene la autoridad conferida por la organización y el líder
informal que es aquel que logra que sus compañeros lo apoyen
y lo sigan. La situación ideal –al igual de lo que estableciera
Fayol- es que el líder formal obtenga también la “autoridad"
informal, la cuál sólo puede serle conferida por el
personal a su cargo.
La Responsabilidad
“Sin embargo, la responsabilidad es generalmente
tan temida como la autoridad es codiciada.”
Henri Fayol
Fayol realiza un preciso desarrollo del concepto
de responsabilidad y de su estrecha relación con el ejercicio
de la autoridad:
“No se concibe la autoridad sin la responsabilidad, es decir, sin
una sanción -recompensa o penalidad- que acompaña al
ejercicio del poder. La responsabilidad es un corolario de la autoridad,
su consecuencia natural, su contrapeso indispensable. En cualquier
lugar donde se ejerza la autoridad, nace una responsabilidad. La necesidad
de sanción, que tiene su fuente en el sentimiento de justicia...
(se aplica) en beneficio del interés general, (dado que) es
menester alentar las acciones útiles e impedir las que no tienen
ese carácter"
Nótese la sutileza de que la sanción
es utilizada por Fayol en su acepción más amplia: es
el corolario del ejercicio de la autoridad y por lo tanto puede ser
objeto de una penalidad o de una recompensa (aunque luego en el desarrollo
de este principio se refiera específicamente al concepto de
penalidad). Es que éste principio está íntimamente
ligado al principio de Subordinación de los Intereses Particulares
al Interés General y lo que se persigue es que, en especial
quienes tienen uso de la autoridad (aunque esto también se
haga extensivo a todo el personal), la ejerzan en beneficio de la
organización y del bien general, evitando anteponer sus intereses
personales por encima del interés general.
“La sanción de los actos de autoridad forma parte de las condiciones
esenciales de una buena administración. En la práctica,
dicha sanción es generalmente difícil de aplicar, sobre
todo en las grandes empresas; es necesario establecer primero el grado
de responsabilidad y después la cuantía de la sanción.
Pues, si es relativamente fácil establecer la responsabilidad
de los actos de un obrero y la escala de sanciones correspondientes,
la tarea es más ardua con respecto a un capataz, y a medida
que se asciende en la línea jerárquica de las empresas,
que las operaciones son más complejas, que el número
de los agentes que intervienen es mayor, que el resultado final es
más lejano, es cada vez más difícil determinar
el grado de influencia del acto de autoridad inicial en el efecto
producido y establecer el grado de responsabilidad del jefe. La medida
de esta responsabilidad y su equivalencia material escapan a todo
cálculo. De ello se infiere que la sanción es una cuestión
de uso, convencional, y que el juez, al establecerla, debe tener en
cuenta el acto mismo, las circunstancias que lo rodean y la repercusión
que la sanción puede tener.”
Hemos mencionado la relación con el
principio de subordinación de los intereses. Pero, además,
debe tenerse en cuenta que el principio de autoridad guarda relación
con los principios de disciplina, centralización, jerarquía
y equidad; formando un todo armónico, que como ya hemos visto
es tan característico en Fayol. “La mejor garantía contra
los abusos de autoridad y las debilidades de un gran jefe es el valor
personal y principalmente su alto valor moral. Es sabido que ni la
elección ni la propiedad confieren este valor."
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